RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS MILITARES

 

PRESENTACIÓN:

 

El régimen disciplinario de las fuerzas militares contenido en la ley 836 de 2003, consagra los principios sustanciales y procesales aplicables a los procesos disciplinarios en contra de los miembros de dichas fuerzas. Estableciendo así un marco jurídico que le brinda seguridad a los militares en sus actuaciones, pues de su adecuado conocimiento se desprenden buenas calificaciones disciplinarias y se evitan los momentos amargos que traen consigo las investigaciones y eventuales sanciones.

 

OBJETIVO GENERAL:

Conocer la naturaleza jurídica y constitucional del régimen disciplinario de las fuerzas militares, y en el mismo sentido un conocimiento básico de los principios generales, faltas disciplinarias y sus respectivas sanciones.

 

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

• Comprender manejo de los fundamentos jurídicos del régimen disciplinario de las fuerzas militares. 

• Conocer los principios generales, las faltas y sus sanciones, así como las posturas procesales dentro de las mismas investigaciones disciplinarias, en el marco de la ley 836 de 2003. 

• Manejar las posturas procesales correctas a través de apoderado dentro de las investigaciones disciplinarias.

 

 

 

 

 

 

 

 

DIRIGIDO A: Estudiantes Técnicos, Tecnólogos y Profesionales.

DOCENTES: Abogados.

DURACIÓN: 4 semanas

 

UNIDADES TEMÁTICAS Y COMPETENCIAS A DESARROLLAR 

 

1. Principios generales del régimen disciplinario de las fuerzas militares: El estudiante comprenderá los principios que rigen la acción disciplinaria y sus respectivas repercusiones en el ámbito procesal. 

2. Faltas disciplinarias: El estudiante comprenderá y sabrá diferenciar entre los distintos tipos de faltas disciplinarias, así como los elementos para que estas se configuren.

3. Sanciones: El estudiante partiendo de la falta disciplinaria endilgada comprenderá el tipo de sanción que esta acarrea y sus repercusiones en la hoja de vida militar.

4. Posturas procesales: El estudiante conocerá cuales son las posturas procesales que puede tomar dentro del proceso, por sí (cuando sea posible) o a través de su defensor de confianza, en los eventos en los que sea investigado disciplinariamente.